Se trata de la pensión graciable y vitalicia, establecida en la Ley 27.549 del 2020, la cual aplica a trabajadores esenciales fallecidos por Covid-19.
La Ley 27.549 del 2020 establece beneficios impositivos al personal de la salud, Fuerzas Armadas, de Seguridad y otros rubros considerados esenciales durante la pandemia por Covid-19.
¿A quiénes se aplica?
Los siguientes trabajadores que fallezcan por Covid-19 y que presten o hayan prestado servicios durante la emergencia sanitaria por Covid-19:
- Profesionales, técnicos, auxiliares (incluidos los de gastronomía, maestranza y limpieza) de los sistemas de salud pública y privada.
- Personal operativo de los sistemas de salud pública y privada.
- Personal de las Fuerzas Armadas.
- Personal de las Fuerzas de Seguridad.
- Personal de la Actividad Migratoria.
- Personal de la Actividad Aduanera.
- Bomberos.
- Recolectores de residuos domiciliarios.
- Recolectores de residuos patogénicos.
Para cobrar la pensión, el fallecimiento del trabajador debe ocurrir entre el 1° de marzo y el 30 de septiembre de 2020.
¿Quiénes pueden ser beneficiarios?
- Cónyuge que sobrevive al trabajador. El cónyuge no puede cobrar la pensión si estaba separado de hecho del trabajador; salvo que el trabajador tuviera un deber alimentario a favor suyo.
- Conviviente que sobrevive al trabajador. El conviviente debe haber tenido una unión convivencial con el trabajador.
- Hijos solteros e hijas solteras del trabajador, hasta los 21 años.
- Si los hijos o hijas tienen su capacidad restringida pueden cobrar la pensión sin límite de edad.
- Si los hijos o hijas reciben alimentos del trabajador hasta los 25 años, pueden cobrar la pensión hasta esa edad.
- Personas que estaban a cargo del trabajador al momento de su fallecimiento.
¿Cuál es el monto a cobrar?
El monto de la suma se deriva de la suma de dos haberes jubilatorios, de $29.062 cada uno, con lo que totaliza $58.124. Dicho valor se actualizará según los aumentos de movilidad correspondientes a las jubilaciones ordinarias.
La tramitación, liquidación y pago de la pensión estará a cargo de la ANSES.
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